Los
tribunales una vez más dan la razón a los trabajadores en
materia de vacaciones contra la decisión tomada unilateralmente por la
dirección de la empresa en poner el periodo vacacional del 15-06-2.013 al
15-09-2.013 vulnerando el artículo nº 14 vacaciones y la Cláusula
adicional segunda apartado nº 2 del VIII Convenio Colectivo.
El personal afectado por esta sentencia es el perteneciente a las líneas de
trabajo de Bollería y Hojaldre
Sentencia Vacaciones a favor de los trabajadores