lunes, 26 de abril de 2010

Información para el IRPF

Ponemos en conocimiento de los afiliados y afiliadas a CCOO, que para el ejercicio del año 2.009 sobre la declaración de la renta, la cuota sindical del año es de 126 €

miércoles, 7 de abril de 2010

CCOO, tu mejor garantía

La sección sindical de CCOO en el centro de trabajo de Paracuellos de Jarama, va a usar este espacio de comunicación y las facilidades que ofrecen las nuevas tecnologías, para poder dar un mejor servicio a sus afiliados y simpatizantes.
Por ello, en la barra lateral vamos a ir insertando los enlaces correspondientes a la documentación sobre convenios, calendarios, cursos, etc.
Esperamos que os sea de utilidad

Por 4ª vez los tribunales nos dan la razón

25 de marzo de 2010 Comunicado de la Sección Sindical Intercentros de CC.OO del Grupo Panrico. Comisión Ejecutiva:
El Tribunal Superior de Cataluña ha dictado la última sentencia que estábamos esperando en relación a las diferentes denuncias interpuestas por CCOO y otros contra la empresa PANRICO S.L.U., sobre los incrementos salariales basados en el IPC previsto (2%) y contra la decisión de la empresa de detraer el 0,6% de los salarios de los trabajadores.

Al igual que lo hicieran con anterioridad los juzgados de Madrid, Sevilla y recientemente el Tribunal Superior de Galicia, TODAS LAS SENTENCIAS dan la razón a los trabajadores y todas desestiman los argumentos defendidos por la empresa PANRICO S.L.U. en los diferentes pleitos.

En conclusión, la empresa no debió detraer el 0,6% de las tablas del 2008, quedando claro que los incrementos deben ser del 2% para cada uno de los años 2008 y 2009 según la vigencia de cada convenio, además del 0,5 % de la masa salarial en la paga de septiembre allí donde se pactara, u otros incrementos para determinadas categorías como el caso de Galicia.

Por otro lado, ha salido ya la primera sentencia del Tribunal Supremo sobre la misma materia, tras el correspondiente recurso interpuesto por la empresa SOGECABLE y que sentará jurisprudencia, que ratifica la nulidad de los descuentos del 0,6% y reconoce la existencia “de hecho” del IPC previsto por ser, entre otras razones, el referente utilizado en los Presupuestos Generales del Estado para el incremento de las pensiones.

Además, por esta misma razón en el caso de Cataluña, convenio con vigencia hasta 31 de diciembre de 2010, entendemos que el incremento inicial que se debe aplicar para este año es del 1%.

Desde CCOO entendemos que tenemos ya sobradas razones para exigir a la Dirección de PANRICO que, haciendo uso del “sentido común”, que tantas veces se reclama, aplique de inmediato las sentencias en los centros de trabajo correspondientes y, en coherencia, resuelva la situación de provisionalidad existente en el resto de los centros de trabajo de PANRICO S.L.U.

Por último, a la vista de los resultados, manifestamos que ya no tendría sentido mantener la vía de los recursos por parte de la Empresa. Ello solo podría interpretarse como una “forma intencionada de dilatar la situación”, con el perjuicio que significa para los trabajadores y para el normal funcionamiento de las relaciones laborales en el conjunto de los centros de trabajo de PANRICO S.L.U.