El trabajador que se ponga enfermo
durante sus vacaciones tiene derecho a recuperar
esos días de descanso y disfrutarlos posteriormente en otro periodo, según una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y que es aplicable
inmediatamente en todos los países miembros.
Hasta ahora, en nuestro país había
que diferenciar entre la incapacidad temporal que surgía antes de las vacaciones
que ya estaban fijadas previamente y lo que ocurría cuando la incapacidad
temporal surgía durante
las vacaciones que ya había empezado a disfrutar el
trabajador.
Los jueces europeos han concluido
que la finalidad del derecho a vacaciones anuales
consiste en permitir que los trabajadores “descansen
y dispongan de un período de ocio y esparcimiento”, una finalidad
distinta a la del derecho a causar baja por enfermedad, que permite a los
trabajadores “recuperarse
de una enfermedad que ha causado una incapacidad laboral”.
Por lo tanto, y como conclusión,
según el TJUE:
“El
trabajador tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas
coincidentes con un periodo de baja por enfermedad en un momento posterior, con
independencia del momento en que haya sobrevenido esa incapacidad temporal”.