martes, 11 de mayo de 2010

¡¡¡PARA LAS MALAS MEMORIAS!!!

VIII CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESA PANRICO S.L.U.
CENTRO DE TRABAJO DE PARACUELLOS DE JARAMA FÁBRICA.
(pincha enlace en la barra lateral izquierda)

ARTÍCULO 12. JORNADA DE TRABAJO.
A partir de la firma del presente Convenio la jornada semanal será de 40 horas de trabajo efectivo, estableciéndose durante la misma un descanso de 30 minutos para el bocadillo, que tendrá la consideración de tiempo efectivo de trabajo. Asimismo, durante la jornada se tendrán dos periodos de 10 minutos de descanso, que igualmente serán considerados como tiempo efectivo de trabajo. El momento de disfrute del citado descanso deberá ser realizado de modo que no quede alterado el orden y la capacidad normal de producción, tal como se establece en la cláusula adicional segunda del actual Convenio Colectivo.


La citada jornada semanal será distribuida en

cinco días a la semana

y 225 días laborables al año

como máximo.